P.
Edgardo Rodríguez pregunta:
¿Será
un abuso litúrgico la inclusión de la oración de “comunión espiritual
“inmediatamente después de la comunión en la Misa? Porque en muchas parroquias
hacen esto, así como incluir el rezo del Ave María, antes de la bendición. Y en
una parroquia que visité hace poco, rezaron, después de la oración de comunión
espiritual, la oración por las vocaciones y el “bendita sea tu pureza”. Todo
esto mientras se realizaba la purificación de los vasos sagrados.
Tal
vez nos puedes iluminar al respecto.
Estimado
Padre Edgardo:
Gracias
por la confianza de preguntar a este servidor inútil del Señor, con gusto
trataré de ayudar con una respuesta.
Lo
primero que se me ocurre es definir la palabra o frase “abuso” liturgico, para
este cometido podemos preguntar a la instrucción Redentoris Sacramentum:
¿qué
es un abuso litúrgico?
El
N° 6 dice: Los abusos (…) «contribuyen a oscurecer la recta fe y la
doctrina católica sobre este admirable Sacramento».
Esto
quiere decir que todo gesto, símbolo, signo o palabra usada en el momento
litúrgico que impida, oscurezca o me aleje de la recta celebración litúrgica
exigida por la fe o enseñanza de la Iglesia debe considerar un abuso. Estos
abusos tienen dos raíces: la falsa libertad o la Ignorancia. La verdadera
libertad nos conduce a realizar lo que es digno, justo, bello, y verdadero, no
lo que nosotros queramos. Por otra parte, la ignorancia nos conduce a rechazar
todo aquello que no entendemos, cuando la liturgia tiene su raíz en
la misma Sagrada Escritura, además «las preces, oraciones e himnos
litúrgicos están penetrados de su espíritu, y de ella reciben su significado
las acciones y los signos» (CF. RS 7-9).
En
un segundo momento, preguntémonos ¿qué es la comunión espiritual?
Con
mucha razón y prudencia han distinguido nuestros Padres respecto del uso de
este Sacramento tres modos de recibirlo. Enseñaron, pues, que algunos lo
reciben sólo sacramentalmente, como son los pecadores; otros sólo
espiritualmente, es a saber, aquellos que recibiendo con el deseo este celeste
pan, perciben con la viveza de su fe, que obra por amor, su fruto y utilidades;
los terceros son los que le reciben sacramental y espiritualmente a un mismo
tiempo; y tales son los que se preparan y disponen antes de tal modo, que se
presentan a esta divina mesa adornados con las vestiduras nupciales. Mas al
recibirlo sacramentalmente siempre ha sido costumbre de la Iglesia de Dios.
(Concilio de Trento, DS 1648-1649).
Podemos
decir lo siguiente:
a) La
comunión espiritual es una práctica antigua y recomendada, significa recibir
por el deseo y la fe las gracias provenientes del sacramento de la Eucaristía.
b) La
comunión espiritual tiene como finalidad que el fiel prepare las disposiciones
interiores para que pueda comulgar sacramentalmente, no lo contrario.
c) La
forma original (apostólica) y ordinaria de comulgar con el Misterio Pascual de
Cristo es la comunión sacramental, no la espiritual.
d) La
comunión espiritual es un tipo de culto a la Eucaristía fuera de la Misa.
En
un tercer momento, hagamos otra pregunta: ¿Cuál es la relación entre ejercicios
piadosos y liturgia? SC responde:
12.
Con todo, la participación en la sagrada Liturgia no abarca toda la vida espiritual.
En efecto, el cristiano, llamado a orar en común, debe, no obstante, entrar
también en su cuarto para orar al Padre en secreto; más aún, debe orar sin
tregua, según enseña el Apóstol. Y el mismo Apóstol nos exhorta a llevar
siempre la mortificación de Jesús en nuestro cuerpo, para que también su vida
se manifieste en nuestra carne mortal. Por esta causa pedimos al Señor en el
sacrificio de la Misa que, "recibida la ofrenda de la víctima
espiritual", haga de nosotros mismos una "ofrenda eterna" para Sí.
Se
recomiendan las prácticas piadosas aprobadas
13.
Se recomiendan encarecidamente los ejercicios piadosos del pueblo cristiano,
con tal que sean conformes a las leyes y a las normas de la Iglesia, en
particular si se hacen por mandato de la Sede Apostólica.
Gozan
también de una dignidad especial las prácticas religiosas de las Iglesias
particulares que se celebran por mandato de los Obispos, a tenor de las
costumbres o de los libros legítimamente aprobados.
Ahora
bien, es preciso que estos mismos ejercicios se organicen teniendo en cuenta
los tiempos litúrgicos, de modo que vayan de acuerdo con la sagrada Liturgia,
en cierto modo deriven de ella y a ella conduzcan al pueblo, ya que la
liturgia, por su naturaleza, está muy por encima de ellos
Opino que la práctica de la comunión espiritual y los actos de devoción dentro de la celebración
eucarística (inmediatamente después de la comunión) no es atinada por dos
razones:
Primero,
el espacio después de la comunión es para dos cosas: para el canto (antífona de
comunión, o un salmo o un himno debidamente aprobado por la Santa Sede o la
Conferencia Episcopal) o para el silencio liturgico (no silencio práctico o
meditabundo):
Terminada
la distribución de la Comunión, si resulta oportuno, el sacerdote y los fieles
oran en silencio por algún intervalo de tiempo. Si se quiere, la asamblea
entera también puede cantar un salmo u otro canto de alabanza o un himno. (O.G.M.R
88)
Segundo,
los actos de devoción a la virgen, o las vocaciones o para el culto a la
eucaristía fuera de la misa (como lo es la comunión espiritual) tienen momentos
diferentes en la liturgia. Por ejemplo: existe la costumbre de celebrar la
memoria de Santa María en sábado, o el rezo de las letanías lauretanas en
la misa de coronación de la virgen. Igualmente, en el Misal hay una misa propia
para pedir por las vocaciones. Pensemos en la misma “Hora Santa” en donde una
comunión espiritual hallaría su lugar perfecto.
Por
lo tanto, los abusos podría radicar en los siguiente errores:
1. Hemos
dicho que la comunión espiritual es recibir por el deseo y la fe gracias
provenientes del sacramento de la eucaristía, pero del “deseo” proviene de un
impedimento físico, no moral, ignorar esto puede llevar a pensar que dentro de
la celebración eucarística la comunión espiritual es como un sustituto de la
comunión sacramental para los que están en pecado mortal, cuando la alternativa
válida (por caridad pastoral y por amor a la verdad) para alguien que tiene un
impedimento moral para recibir la eucaristía es el sacramento de la
reconciliación, no un acto de culto a la eucaristía.
2. Introducir
costumbres devocionales dentro de la misa que no estén reguladas por la Iglesia
puede dar cabida a la confusión entre liturgia y piedad popular, lo que no
sería justo, porque la liturgia tiene todo un universo de posibilidades para
armonizarse con la piedad popular, además de ser superior en su naturaleza a
ella.
Bien
decía el maestro Aldazabal, el Misal Romano es como el cerebro humano, sólo se
usa una pequeña parte de él.
Dios
te bendiga.
Atte.
P. Judá García
No hay comentarios:
Publicar un comentario